Clientes Privados

Estructuras de Patrimonio Familiar Privado con Personalidad Jurídica Plena

A diferencia de un fideicomiso, una fundación no benéfica en Mauritius posee personalidad jurídica plena: es propietaria de sus propios activos, pervive con independencia de cualquier individuo y proporciona a las familias un vehículo de tenencia patrimonial compatible con el derecho civil, reconocido en toda la Europa continental, América Latina y Oriente Medio.

Resumen

¿Qué es una Fundación No Benéfica?

Una fundación no benéfica (o privada) constituida al amparo de la Ley de Fundaciones de Mauritius de 2012 es una entidad jurídica de inspiración civilista diseñada para mantener y gestionar el patrimonio familiar privado. Se diferencia fundamentalmente de un fideicomiso en que es una persona jurídica distinta: es propietaria de sus propios activos, actúa en su propio nombre y no depende de la relación jurídica entre un fiduciario y los beneficiarios.

A diferencia de una fundación benéfica, una fundación no benéfica no está obligada a servir a un fin de interés público. Puede constituirse para una amplia gama de objetivos privados: mantener participaciones en empresas familiares, gestionar carteras de inversión, ser propietaria de inmuebles en diversas jurisdicciones o actuar como entidad holding de cabecera en una estructura patrimonial familiar. Esta flexibilidad la hace especialmente adecuada para familias de alto patrimonio neto procedentes de países de derecho civil, donde el concepto de fideicomiso puede no estar reconocido o ser desconocido para los asesores y tribunales locales.

Los beneficiarios de una fundación no benéfica no figuran en ningún registro público, y los documentos de gobernanza interna de la fundación son privados. Esta combinación de solidez jurídica, reconocimiento en el derecho civil y sólidas protecciones de confidencialidad ha hecho que la fundación no benéfica de Mauritius sea cada vez más popular entre familias procedentes de Francia, Bélgica, Brasil, los EAU y el CCG.

Aurevya asesora sobre el ciclo de vida completo de la estructuración de fundaciones privadas, desde la definición de objetivos y la redacción del estatuto hasta la designación del consejo, la transferencia de activos y la gobernanza continuada, garantizando que cada fundación esté diseñada a medida y alineada con la estrategia de gestión patrimonial a largo plazo de la familia.

Civil
Estructura Compatible con el Derecho Civil
Reconocida y comprendida en las jurisdicciones de derecho civil de Europa, América Latina y Oriente Medio, en mucha mayor medida que el concepto anglosajón de fideicomiso.
100%
Titularidad de Activos por la Fundación
Los activos son propiedad legal de la fundación, no de ningún individuo, proporcionando una sólida separación respecto de los acreedores personales y los litigios sucesorios.
Sólida
Protección de la Confidencialidad
Los registros de beneficiarios y los documentos de gobernanza interna no son de acceso público, preservando la privacidad que las familias privadas requieren.

Características Principales

Lo que Ofrece una Fundación No Benéfica

01
Personalidad Jurídica y Titularidad de Activos
La fundación es una entidad jurídica diferenciada que es propietaria de sus propios activos; las participaciones sociales, los inmuebles, el efectivo y las carteras de inversión se mantienen a nombre de la fundación, proporcionando título legal claro y una sólida separación de los activos personales.
02
Flexibilidad de Propósito Privado
No se aplica ningún requisito de interés público. La fundación puede constituirse para cualquier fin familiar privado, incluyendo funciones de sociedad holding, planificación sucesoria, financiación de la educación o actuación como cabecera de una estructura familiar multi-entidad.
03
Reconocimiento en el Derecho Civil
Para familias procedentes de Francia, Suiza, Luxemburgo, Brasil, los EAU y otras jurisdicciones de derecho civil, el concepto de fundación es familiar y está jurídicamente reconocido, evitando las complejidades que surgen cuando los tribunales de derecho civil deben interpretar un fideicomiso de derecho común.
04
Registro Confidencial de Beneficiarios
La identidad de los beneficiarios no se inscribe en ningún registro público. La confidencialidad se mantiene tanto a nivel estructural como operativo, con divulgación limitada a las autoridades reguladoras y los asesores profesionales sujetos a deber de confidencialidad.
05
Normas de Gobernanza Familiar
El estatuto y los reglamentos complementarios pueden recoger protocolos detallados de gobernanza familiar, incluyendo mandatos de inversión, criterios de distribución, procedimientos de resolución de conflictos y sucesión en los puestos del consejo, proporcionando un marco de gobernanza duradero para familias multigeneracionales.
06
Supervisión del Protector
Puede designarse un protector o consejo de supervisión optativo para vigilar al consejo de administración, proporcionando una capa adicional de supervisión familiar y la capacidad de cesar y sustituir a los miembros del consejo si fuera necesario.

Proceso

Cómo Funciona

01

Definición de Objetivos

Trabajamos con el fundador para mapear los activos de la familia, identificar los principales objetivos de planificación patrimonial y determinar si una fundación no benéfica es el vehículo más adecuado, teniendo en cuenta el domicilio del fundador, su posición fiscal y la jurisdicción de los activos subyacentes.

02

Redacción del Estatuto y Reglamentos

Se redacta un estatuto fundacional a medida, definiendo el propósito de la fundación, la estructura de gobernanza, la composición del consejo, la clase de beneficiarios, las normas de distribución y los poderes reservados del fundador. Los reglamentos proporcionan el detalle operativo que complementa el marco constitutivo.

03

Designación del Consejo

Se nombra el consejo inicial, con al menos un miembro residente en Mauritius. Los fundadores pueden formar parte del consejo. Pueden designarse consejeros independientes con experiencia jurídica, financiera o de gobernanza para complementar la representación familiar.

04

Registro ante el Registrador de Empresas

La fundación se inscribe en el Registro de Empresas de Mauritius. El estatuto se presenta como parte del proceso de registro. Una vez aprobado, la fundación recibe su número de registro y su condición legal, y está en disposición de ser propietaria de activos y celebrar contratos.

05

Transferencia de Activos a la Fundación

Los activos se transfieren a la fundación, habitualmente participaciones en sociedades holding, carteras de inversión o efectivo. El equipo jurídico de Aurevya prepara la documentación de transferencia, incluyendo los correspondientes asesoramientos sobre impuesto de transmisiones u obligaciones fiscales exigibles en la jurisdicción de origen del activo.

06

Gobernanza en Funcionamiento

El consejo se reúne periódicamente para supervisar los activos de la fundación, aprobar las distribuciones y garantizar el cumplimiento de los requisitos regulatorios. El equipo de gobernanza de Aurevya apoya la redacción de actas, los informes anuales y el funcionamiento fluido del consejo a lo largo de la vida de la fundación.

Consideraciones Prácticas

Requisitos y Elegibilidad

Requisitos Regulatorios y Estructurales

  • Mínimo un miembro del consejo residente en Mauritius
  • Domicilio social mantenido en Mauritius
  • Estatuto fundacional registrado ante el Registrador de Empresas
  • Presentaciones anuales de cumplimiento ante el Registrador de Empresas
  • Clasificación y obligaciones de información FATCA y CRS evaluadas en el momento de la constitución
  • Las consideraciones antiabuso en la jurisdicción de origen del fundador deben revisarse antes de la transferencia de activos
  • Los requisitos de sustancia son aplicables cuando la fundación es residente fiscal en Mauritius

Consideraciones del Fundador y los Beneficiarios

  • Los fundadores de cualquier nacionalidad y residencia pueden constituir una fundación privada en Mauritius
  • Los fundadores pueden ser miembros del consejo y mantener una influencia operativa significativa
  • Los beneficiarios se identifican en el estatuto o los reglamentos y no es necesario que figuren públicamente
  • No existe un umbral mínimo de activos en la ley de Mauritius; la viabilidad comercial se estima desde USD 500.000 en adelante
  • La exposición a la legítima forzosa debe evaluarse en la jurisdicción de origen del fundador antes de la transferencia de activos
  • El fallecimiento del fundador y la sucesión en la gobernanza de la fundación deben abordarse en el estatuto desde el principio

Preguntas Comunes

Preguntas Frecuentes

Una fundación de propósito no benéfico es una entidad jurídica constituida al amparo de la Ley de Fundaciones de 2012 para fines familiares privados en lugar de para el beneficio público. Posee personalidad jurídica plena, lo que significa que es propietaria de sus propios activos y actúa en su propio nombre, pero a diferencia de una fundación benéfica, no está obligada a perseguir ningún objetivo de utilidad pública. Entre los fines habituales se encuentran la tenencia del patrimonio familiar, actuar como vehículo de cabecera en una estructura familiar multi-entidad, facilitar la planificación sucesoria y mantener participaciones en empresas familiares o carteras de inversión.
La distinción fundamental es la personalidad jurídica. Un fideicomiso es una relación, no una entidad jurídica, entre el fiduciario (que es propietario de los activos) y los beneficiarios. Una fundación, por el contrario, es una persona jurídica distinta que es propietaria de sus propios activos. Esto hace que la fundación sea un concepto más natural en las jurisdicciones de derecho civil, donde el fideicomiso es desconocido o no está jurídicamente reconocido. Las fundaciones también tienden a ofrecer una estructura de gobernanza más institucional, con un consejo que funciona de forma similar a un consejo de administración, lo que las hace idóneas para las familias que desean una gobernanza interna transparente en lugar de depender íntegramente de la discrecionalidad del fiduciario.
Sí. A diferencia de un fideicomiso donde la participación del constituyente debe gestionarse con cuidado para evitar el riesgo de fideicomiso ficticio, el fundador de una fundación no benéfica puede formar parte del consejo de administración y mantener una influencia operativa significativa. El fundador también puede reservarse poderes específicos en el estatuto, como el de modificar el estatuto, nombrar o cesar a los miembros del consejo, o dirigir las decisiones de inversión, sin que ello merme la validez de la fundación. Esta es una de las principales ventajas de la estructura fundacional para los fundadores que desean mantener cierto grado de control mientras obtienen los beneficios sucesorios y de protección de activos de una estructura jurídica independiente.
Sí. Los datos de los beneficiarios no se inscriben en ningún registro público en Mauritius. El estatuto fundacional, que se registra ante el Registrador de Empresas, establece el propósito y la estructura de gobernanza de la fundación, pero la información detallada sobre los beneficiarios suele recogerse en reglamentos o documentos complementarios que no son de acceso público. La divulgación de la información sobre los beneficiarios se limita a las autoridades reguladoras en el contexto de las obligaciones de AML/CFT o de intercambio de información fiscal, y a los asesores profesionales sujetos a estrictas obligaciones de confidencialidad.
Una fundación no benéfica puede mantener prácticamente cualquier activo: participaciones en empresas familiares, carteras de inversión (acciones, bonos, activos alternativos), inmuebles (habitualmente a través de filiales constituidas localmente), efectivo y depósitos bancarios, participaciones en capital privado, propiedad intelectual y obras de arte o coleccionables. Para los inmuebles en particular, es habitual que la fundación mantenga participaciones en una empresa local que a su vez sea propietaria del inmueble, preservando un título legal limpio y limitando la exposición directa de la fundación a las leyes inmobiliarias locales de cada jurisdicción.
Dado que la fundación es una entidad jurídica independiente que es propietaria de sus propios activos, el fallecimiento del fundador no provoca una transferencia de dichos activos: estos permanecen en la fundación. La fundación continúa operando conforme a su estatuto, y la sucesión en los puestos del consejo se gestiona de acuerdo con los procedimientos establecidos en el estatuto o los reglamentos. Esta es una de las ventajas más significativas de la estructura fundacional para la planificación sucesoria: evita la apertura de sucesión y garantiza la continuidad de la gestión sin necesidad de transferencia alguna de activos al fallecimiento del fundador.

Seguir Explorando

Servicios Relacionados

Fundaciones Benéficas
Para familias con objetivos filantrópicos, una fundación benéfica ofrece una estructura de propósito público con personalidad jurídica y supervisión regulatoria de la FSC.
Más Información →
Fideicomisos
El fideicomiso en Mauritius ofrece un enfoque complementario de derecho común para la tenencia de patrimonio privado, especialmente adecuado para familias de jurisdicciones de derecho común que buscan una planificación sucesoria flexible.
Más Información →
Planificación Sucesoria
Integre su fundación en una estrategia sucesoria y de transmisión patrimonial integral y transfronteriza adaptada al conjunto de activos de la familia.
Más Información →

Estructure el Patrimonio Familiar con Confianza

Consulte con nuestro equipo de clientes privados para evaluar si una fundación no benéfica es la estructura adecuada para los objetivos de su familia.

Solicitar una Consulta